

El presidente venezolano, tras el desplante ante el expresidente Aznar, delante del monarca español Juan Carlos I y el actual presidente español, Zapatero, por una parte garantiza derechos fundamentales como la propiedad, la vivienda principal y la libertad laboral, y por otra deja abierta la posibilidad de que posteriormente se puedan regular en detalle actividades o derechos para mantenerlos afines con el socialismo bolivariano.
El texto definitivo de la reforma constitucional de Venezuela, que cuando fue lanzada por el presidente Hugo Chávez a mediados de agosto pasado tenía 33 artículos, y dos meses después los diputados chavistas la hicieron crecer tres veces, consagra la concentración sin precedentes de un descomunal poder de decisión en manos del primer mandatario y deja por sentado la intervención del Estado socialista en todos los órdenes de la vida de los venezolanos.
El texto de 69 artículos presentado la semana pasada ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), está redactado con un estilo en algunos casos detallista y en otros ambiguo, lo que ofrece terreno para una amplia interpretación de sus artículos.
Aspectos como la educación, el trabajo, la vivienda familiar, las actividades económicas, la organización geográfica y la propiedad privada sufren modificaciones notables en esta versión, todas con el fin expreso de establecer un Estado socialista boliviariano.
Los artículos más polémicos, como el 337, sobre la suspensión de garantías constitucionales como informar durante estados de excepción, y el 328, sobre el carácter antiimperialista de las Fuerzas Armadas --que aplica el concepto de guerra popular contra ataques externos-- quedaron intactos.
Los nuevos artículos promueven una inclinación nacionalista, de interés social y en algunos casos proteccionista, pero se distancia del modelo constitucional anterior, principalmente en lo relativo a los modelos de participación política y la tarea del Estado en la promoción de las actividades económicas.
El punto en común: todo debe tender a un sistema de solidaridad socialista.
En el caso de la vivienda --Artículo 82-- se garantiza la protección de la llamada vivienda principal, que debe inscribirse oficialmente como tal, incluso de acciones legales de enajenación. Pero no especifica si otras propiedades están protegidas de la expropiación.
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