tengo alquilado un piso a un matrimonio el marido tiene mas de 35 años pero la mujer tiene 30 años quisiera saber si tengo derecho a la deduccion y si es el caso los requisitos que tienen que cumplir los inquilinos y que proporcion de deduccion en su caso
Comentado por juan carlos ferragut garcia (ferragutg@hotmail.es) el 19.05.2009 20:06
Fernando, la ley es clara: exención si alquilas el piso a menores de 35 (además tienen requisitos de renta, no pueden ser ricos :-p) Tu obligación es tributar salvo q expresamente se diga lo contrario, es decir, si no son menores de 35 pagas.
Mercedes: no solo se benefician los propietarios. inquilinos: ayudas al alquiler si requisitos, deducción de lo que pagues en concepto de alquiler (hasta 10,5% de un máximo de 9015€, casi como la deducción por vivienda habitual), prestamos si intereses para fianza y aval si cumples los requisitos... etc. Hay que ser listos, pon en el contrato a quien cumpla los requisitos y no pongais todos los que vivís ahí, como si el hijo joven viviera solo ahí vamos...
Javier, a la Consejería de Vivienda de tu comunidad. no tienes que entregar documentación, tu (o tu gestoría) que te aplique la deducción al hacer la declaración, si hacienda pregunta pues ten los papeles que puedan probar la realidad de la situación preparados: principalmente contrato de alquiler, y transferencias mensuales; hacienda ya sabe lo que cobra y la edad q tiene tu inquilino (si trabaja claro).
espero haber resuelto las dudas.
Niko - abogado - Un saludo.
Comentado por Niko (nolopongo@noquiero.com) el 13.08.2008 03:37
Hola:
La ley dice que los propietarios que alquilen viviendas a menores de 35 años están axentos de tributar.Mi pregunta es ¿y si la alquilo a otra persona mayor de 35,familia,empresa,etc.., estoy exento de tributar?
Comentado por Fernando (fernando_lgz@hotmail.com) el 14.04.2008 12:40
HOLA AMIGOS:
TENGO UNA CASA EN ALQUILER DESDE ENERO DE 2007 Y QUISIERA SABER A QUE ORGANISMO CONCRETAMENTE DEBO DE IR PARA QUE SE ME INFORME DE LA DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR PARA LA DEDUCCIÓN FISCAL A PROPIETARIOS. GRACIAS.
Comentado por FRANCISCO JAVIER MARTÍN GARCÍA (fjkiko2002@hotmail.com) el 02.01.2008 20:13