

El Govern aprobó ayer el proyecto de ley del derecho a la vivienda, la primera ley que trata íntegramente la problemática de la vivienda. De forma global, la nueva ley regula todos aquellos aspectos que están implicados en la garantía del acceso a la vivienda, como la construcción, promoción, gestión, habitabilidad, conservación y rehabilitación, y las garantías a los consumidores.
La provisión de viviendas destinadas a políticas sociales se configura como un servicio de interés general. Asimismo, crea un registro de solicitantes para las viviendas protegidas. Pero, como eje más visible de la ley, destaca la definición de la función social de la vivienda, puesto que permite incorporar aspectos innovadores que reflejan la realidad social como el acoso inmobiliario, la subocupación y la sobreocupación de las viviendas, o su degradación física.
Una medida concreta es el alquiler forzoso, que se producirá en los casos de las viviendas que se encuentren desocupadas en un plazo superior a dos años y siempre que el propietario haya desoído las medidas impulsadas por la Administración para poner la vivienda en el mercado. El “alquiler social forzoso” aplicará por un periodo máximo de seis años y consistirá en la expropiación del usufructo de la vivienda para alquilarla a terceros.
Según el conseller de medi Ambient i Habitatge, Francesc Baltasar, esta medida “no vulnerará ningún derecho de propiedad”, ya que el importe del alquiler lo recibirá el propietario. Esta expropiación sólo se aplicaría por desatención de las obligaciones del propietario, en la conservación del inmueble y si existe riesgo humano.
La ley del derecho a la vivienda en Catalunya pretende ir más allá de las medidas de fomento a la construcción y adquisición de vivienda que se han aplicado hasta ahora y pretende transformar el mercado de la vivienda de la forma más estructural posible. Con este objetivo, el conjunto de actividades vinculadas con la provisión de viviendas destinadas a políticas sociales se configura como un servicio de interés general para asegurar una vivienda digna y adecuada para todos los ciudadanos. En este sentido, la ley apuesta por la creación de un parque específico de viviendas asequibles que permita atender las necesidades de la población.
Una de las previsiones de la ley es que el 15% de las viviendas principales existentes sean destinadas a políticas sociales. Además del parque de vivienda asequible, la ley incide en el mercado libre de la vivienda, que es el que da respuesta mayoritaria a las demandas y necesidades de los ciudadanos. Por esto, el texto regula la protección de las personas consumidoras y usuarias de viviendas, la calidad y los requisitos exigidos a las viviendas y las medidas de intervención administrativa en los casos de utilización anómala.
En esta línea, el Gobierno establecerá un sistema de ayudas al pago del alquiler para personas y hogares residentes en Catalunya, con ingresos bajos y moderados, a quienes el coste de la vivienda puede situar en riesgo de exclusión social residencial o dificultar un proceso de inserción social.
La ley incorpora el concepto de calidad de las viviendas, que es definida por los requisitos de habitabilidad, funcionalidad y seguridad y los niveles superiores de calidad. Así, establece criterios de sostenibilidad ambiental y de ecoeficiencia en el proceso de edificación y pone una atención especial en la conservación y rehabilitación del parque inmobiliario, que deberá pasar un control periódico, que se llevará a término de acuerdo con la vida del edificio y su antigüedad.
También se creará un registro obligatorio de los Agentes de la Transacción Inmobiliaria. Además, la Generalitat fomentará que las viviendas desocupadas permanentemente se incorporen al mercado inmobiliario mediante diferentes fórmulas. Con respecto a la sobreocupación, la administración impulsará políticas de control e inspección para evitarla.
Uno de los aspectos innovadores de esta ley es la creación del registro de solicitantes de la Vivienda Protegida en Catalunya, que evitará confusiones a la ciudadanía, puesto que este registro será general para todas las viviendas de protección oficial que se construyan en la totalidad del territorio catalán, con lo que se quiere dotar de transparencia, control y eficacia el proceso de adjudicación de la vivienda protegida.
con objeto de promover la diversidad y la mezcla sociales, así como luchar contra la exclusión social. Este Registro establecerá los criterios de adjudicación y priorizará el criterio del sorteo sobre el de baremación, puesto que el acceso a la vivienda es un problema generalizado.
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