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Martinsa Fadesa aún no ha superado 'en firme' el concurso de acreedores

 

Martinsa Fadesa aún no ha superado 'en firme' el concurso de acreedoresEn que se declaró hace casi tres años, en julio de 2008, según indica Ernst & Young, firma auditora de las cuentas anuales de la inmobiliaria.

 

La superación definitiva del proceso concursal de la compañía que controla y preside Fernando Martín está pendiente de la resolución de los recursos que dos entidades han interpuesto contra la propuesta de convenio de acreedores de la empresa, aprobada por sentencia judicial el pasado mes de marzo.

La aprobación de un convenio de acreedores supone superar 'de facto' un concurso de acreedores, en caso de que, en contra de los sucedido con Martinsa, nadie presente recurso de apelación.

Las firmas Shinsei Bank y el fondo de inversión JER presentaron el pasado 19 de abril ante el Juzgado de lo Mercantil de A Coruña sus respectivos recursos de apelación contra el convenio de acreedores de la inmobiliaria, aprobado, también por sentencia judicial, el 11 de marzo.

"En consecuencia, esta sentencia aprobatoria sobre la propuesta de convenio de acreedores no es firme", advierte Ernst & Young en su informe de auditoría sobre las cuentas de 2010 de Martinsa Fadesa, registradas en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Además, esta firma auditora condiciona "fundamentalmente" la capacidad de la sociedad para desarrollar su actividad a la aprobación definitiva del convenio de acreedores. También lo vincula al cumplimiento del plan de pagos que incluye dicho convenio, a su nuevo plan de viabilidad y a la consecución de la financiación necesaria.

En virtud del plan de pagos de la empresa, aprobado y pendiente de resolución de los recursos presentados, la inmobiliaria se compromete a abonar su deuda íntegra (sin quitas), pero en un periodo de ocho años, que empezará a contar en 2012.

El convenio incluye la conversión a préstamos participativos del 15% del crédito ordinario y contempla la posibilidad de que los bancos canjeen deuda por acciones en el caso de que la inmobiliaria no pague sus deudas en un plazo máximo de diez años (los ocho del convenio más dos ejercicios adicionales).

 
Fuente: Redacción

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