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Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario: 'Nuevas formas de financiación para las empresas inmobiliarias'

 

Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario: 'Nuevas formas de financiación para las empresas inmobiliarias'Intereconomía organiza una Conferencias sobre las SOCIMI el dia 17/02/2009:



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METROVACESA apoya la implantación de las SOCIMI en España

Metrovacesa participó ayer en el foro “Nuevas formas de financiación para las empresas inmobiliarias” sobre las SOCIMI.

La Compañía valora de forma muy positiva la introducción de este nuevo régimen en España.

Metrovacesa, primera inmobiliaria española, valora de forma muy positiva y favorable la introducción de las Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario español (SOCIMI). Para demostrar su apoyo a este nuevo sistema, Metrovacesa participó ayer como patrocinador y ponente en el foro Nuevas formas de financiación para las empresas inmobiliarias, celebrado en Madrid.

Metrovacesa apoya la implantación de este régimen, ya que confía en que estas sociedades contribuirán a dinamizar el mercado inmobiliario, fomentando el mercado de alquiler en España y mejorando la competitividad en los mercados de valores.

La implantación de esta figura facilitará que las sociedades que puedan acogerse al régimen compitan en igualdad de oportunidades con sus homólogas europeas en la captación de capitales, máxime en un entorno en el que la economía se globaliza cada vez más y los recursos financieros son más escasos. Además, posibilitará que el pequeño inversor acceda a un instrumento trasparente y líquido.

Sin embargo, Metrovacesa considera que finalmente se deberán flexibilizar algunos de los requisitos para poder acceder a un régimen más acorde con las condiciones actuales del mercado y facilitar de este modo el crecimiento y la expansión internacional de las inmobiliarias españolas. Hoy ninguna de las empresas líderes del sector inmobiliario en España cumpliría con estas limitaciones para poder acogerse al régimen de las SOCIMI, por lo que tendrían que emprender cambios en su estructura.

Legislación española

El proyecto de ley español establece una clara ventaja fiscal para las SOCIMI, ya que tributarán al 18%, en vez del 30% actual. Sin embargo, en los países que ya han implantado un régimen de este tipo, como Reino Unido, Estados Unidos, Francia o Alemania, entre otros, este tipo de sociedades están exentas del impuesto de sociedades.

El proyecto de las SOCIMI también establece como requisitos para poder acogerse a este régimen que las sociedades tengan más del 85% de los activos en régimen de alquiler y en plena propiedad, que distribuyan el 85% de los beneficios obtenidos y el 50% de las plusvalías como dividendos entre sus accionistas, que su nivel de endeudamiento no supere el 60% del valor de los activos y que coticen en bolsa, entre otros puntos.

Metrovacesa considera que algunos de estos requisitos podrían obstaculizar el crecimiento y la expansión internacional de las inmobiliarias españolas.

El límite del 60% al nivel de endeudamiento de estas sociedades, teniendo en cuenta los niveles actuales de deuda de las inmobiliarias, impedirá, por un lado, que pocas compañías puedan acogerse a este sistema. Por otro lado, dada la situación actual de los mercados financieros, escasas compañías podrán tomar medidas para reducir su deuda. Aún en buenos ciclos económicos, las limitaciones al endeudamiento restringen el poder de compra de los REIT, inhiben su crecimiento y reducen de forma artificial el retorno para los inversores. En Estados Unidos, Canadá y Francia, por ejemplo, no existen límites. En Europa, las normativas son muy variadas. En Italia y Francia no existen restricciones; mientras que Bélgica y Alemania establecen los límites en el 65% y del 55% del valor de los activos, respectivamente.

Entre otras cortapisas que podrían contribuir al fracaso del funcionamiento del sistema SOCIMI se encuentra la exigencia a los años que deben permanecer los activos en la cartera de estas sociedades: 7 años para los inmuebles autopromovidos y 3 para los activos adquiridos. La consecuencia de esta limitación impedirá que las compañías roten sus activos para optimizar la cartera.

El proyecto de ley establece también porcentajes mínimos para la inversión: el 85% tiene que destinarse a activos en arrendamiento, penalizando así la promoción inmobiliaria, muy presente entre las compañías del mercado español. Esta condición unida a la imposibilidad de invertir en nuevos proyectos inmobiliarios con sociedades que no sean SOCIMI o REIT obstaculiza el crecimiento y la competencia internacional.

Una mayor flexibilidad en la regulación permitirá que formen parte del régimen SOCIMI la mayor parte de sociedades posibles, multiplicando las posibilidades de inversión para el pequeño inversor y atrayendo capitales tanto españoles como extranjeros a las compañías españolas, lo que redundará en la salud del sector y, por tanto, en la Economía, al mantener los niveles de actividad que tanto han aportado al PIB y al empleo en España.

Metrovacesa apoya la introducción de las SOCIMI en España y valora de forma muy positiva el esfuerzo que está haciendo la Administración para poner en marcha este nuevo vehículo inmobiliario, que, sin duda, aportará trasparencia y profesionalización al sector, reducirá la volatilidad de la industria al dotar al mercado con un instrumento de inversión sólido y mejorará la competitividad de las compañías españolas en el panorama inmobiliario internacional.

 
Fuente: Redacción

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