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AEMA opina sobre el IV convenio colectivo de la construcción

 

AEMA opina sobre el IV convenio colectivo de la construcción

 



AEMA, Asociación de Empresas Montadoras de Andamios, a raíz de la reciente publicación de IV Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción, ha valorado éste de forma muy positiva. Y es que según la Asociación aporta dos factores muy importantes como la concreción de algunos aspectos confusos en el R.D. 2177/2004 de equipos de trabajo en altura, y la proposición de la seguridad laboral como uno de sus ejes, línea que también sigue AEMA.

Dentro de los artículos del Convenio, AEMA incide aquellos que se recogen en el capítulo II del Título IV, centrados en los andamios, y más concretamente los que recogen normas sobre los tubulares.

En primer lugar queremos destacar la apuesta que se ha hecho en el convenio por la calidad como medio para asegurar la solvencia de los equipos de trabajo en altura, así como los procedimientos para conseguirla (estudio técnico, planes de montaje, utilización y desmontaje…)

En cuanto al marcado CE de los andamios tubulares, AEMA agradece que se acabe con la confusión originada en el R.D. 2177/2004, al suponer que todos los andamios podían contar con marcado CE; siendo esto imposible, hasta el momento, para los tubulares pero aceptando de forma análoga las certificaciones emitidas por organismos de normalización.

Por otro lado, AEMA coincide en lo referente a la necesidad de impedir cambios en los andamios montados por parte de los usuarios o contratistas, sin la intervención de la Dirección Facultativa o el Coordinador de Seguridad.

En sentido general se valora y se tiene como línea de trabajo el mayor nivel de profesionalización del sector, por lo que iniciativas como el carnet de la Fundación Laboral de la Construcción apoyan y se complementan con el Carnet de Montador de Andamios que propone AEMA.

Como última referencia, AEMA hace mención a las dimensiones mínimas para plataformas, 60 centímetros de ancho, que coincide con las normas UNE y parece suficiente en los casos sujetos al convenio. Mientras que, por otro lado, se toma como distancia de seguridad, para la no disposición de barandillas de protección, un “hueco” de dimensión máxima de 20 cm. AEMA opina que esta última dimensión es excesivamente pequeña, asumiendo la experiencia de la asociación así como las normas DIN 4420 alemanas, donde se admiten huecos de hasta 30 cm.

Asimismo AEMA cree que es interesante la mención a los códigos de buenas prácticas como referencia para el desarrollo de nuestra actividad, siempre sujeta a las dificultades de obra, y que este convenio ayuda a regular.
Coincidimos pues con la necesidad de guías y normas claras que permitan aumentar calidad y seguridad en nuestras obras, siempre al alcance de los técnicos encargados de las mismas.

 
Fuente: Redacción

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