

Queda fijada en el 0,175%, según el Convenio General del Sector de la Construcción (2007-11)
La Fundación Laboral de la Construcción cuenta con el soporte financiero del propio sector, que, a través del Convenio General, tiene establecido una cuota obligatoria, que se calcula sobre las Bases de Cotización de la Seguridad Social.
Desde el año 2000, el porcentaje de la cuota se había mantenido en el 0,08% sobre dichas bases de cotización. El último Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción (BOE de 17.08.2007) refuerza la labor de la Fundación Laboral y le encomienda nuevas funciones, como la implantación en España de la nueva Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC). Por ello, el mismo Convenio prevé aumentar la dotación económica de la entidad, incrementando progresivamente el porcentaje de la cuota empresarial.
Así, en el Convenio aparecen los nuevos porcentajes para los cinco años de vigencia del mismo, quedando establecido para el año 2008 una cuota del 0,175%.
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